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CONSEJOS ÚTILES PARA CIUDADANOS ARGENTINOS QUE VIAJEN A ESPAÑA

PASAPORTE:

- Viajar con el último ejemplar del pasaporte (independientemente de si se cuenta con un ejemplar anterior con fecha de vencimiento aún vigente). Se recuerda que la emisión de un pasaporte posterior invalida el documento de viaje anterior, independientemente de las fechas de vencimiento de los mismos.

- Observar que la fecha de vencimiento del pasaporte con el que se viaje sea mayor a los 180 días, contados desde la entrada en territorio español.

- En caso de continuar viaje hacia un tercer país, tomar conocimiento si el mismo requiere visa de ingreso, y si la misma debe ser tramitada en el lugar de residencia del interesado (Argentina)

- Aún en aquellos casos en que el ciudadano argentino ingrese a territorio español con pasaporte de la Unión Europea, se recomienda traer en equipaje su correspondiente pasaporte argentino  vigente.

DNI:

- El Documento Nacional de Identidad Argentino es el único medio probatorio de la identidad del titular para cualquier trámite o gestión que deba realizarse ante autoridades argentinas, incluido este Consulado. Por lo tanto, se recomienda a todos los ciudadanos argentinos que ingresen a territorio español su portación dentro del equipaje, para aquellos casos en que sea necesaria una ulterior gestión ante este Consulado (por ejemplo, expedición de pasaporte de emergencia)

- El ciudadano argentino debe portar DNI actualizado. Las actualizaciones proceden entre los 5 y 8 años y a los 14 años.

- Este Consulado sólo puede tramitar nuevo ejemplar de DNI (con correspondiente actualización, en su caso) a los ciudadanos argentinos cuyo domicilio pertenezca a la jurisdicción de este Consulado (ver Jurisdicción).

- Se recuerda que el próximo 31 DE MARZO de 2017 vence la validez de los DNI DE TAPA VERDE, Libreta de Enrolamiento y Libreta Cívica, debiéndose contar a partir del 1 DE ABRIL DE 2017 con los respectivos DNI ELECTRONICOS (excepto ciudadanos argentinos mayores de 75 años que cumplieron los mismos antes del 31/12/2014, en cuyo caso NO ES OBLIGATORIO).

 

 

Fecha de actualización: 08/03/2017