Consulado en Cádiz

Poderes Actos Notariales

Fecha de actualización: 15/12/2022

- Requisitos para otorgar un poder ante el Consulado:

1. Ser mayor de edad (18 años).

2. Minuta de la escritura (texto borrador). Se debe indicar el nombre del profesional que elaboró el texto. A efectos de agilizar el trámite, el borrador debe ser adelantado por correo electrónico en formato Word.

3. Datos del otorgante: nombre completo, DNI (fotocopia de las dos primeras hojas y páginas donde figuran el estado civil y el último domicilio), datos filiatorios y de estado civil (datos completos), domicilio[1], nacionalidad.[2] Consignar número de CUIT, CUIL o CDI. Indicar también números de teléfono de contacto y mail.

4. Nombre completo y DNI del/los apoderado/s en Argentina, y demás datos pertinentes de la/s persona/s respecto de quien/es se realiza la escritura. En el caso de letrados, consignar datos de colegiatura (Tomo, Matrícula y Colegio)

5. Aportar fotocopia de la escritura o título de propiedad (p. ej. Declaratoria de herederos), consignando la información catastral completa y demás datos del dominio.4.

Tenga presente que:

En los poderes relativos a bienes inmuebles o bienes muebles registrables y ante todo tipo de gestiones directas o indirectas ante la AFIP sólo serán válidos para su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble los poderes otorgados por este Consulado.

 

- Trámite: 

La información reseñada ut supra debe ser adelantada por correo electrónico a legales_ccadi@mrecic.gov.ar para su verificación, realizado lo cual se acordará una cita para la firma de la escritura.

 

- Arancel consular:

Escritura: 40 € por página de 25 renglones; más
Testimonio: 40 € por página de 25 renglones.
Total: 80 €/página/poder (caso de un poder de sólo 1 página).

Consultas por teléfono: 956 22 89 22 Int. 14

Consultas por mail: legales_ccadi@mrecic.gov.ar

agencia argentina de inversiones y comercio internacional

Fondo argentino de cooperación sur-sur y triangular